Por fin, los padres de la patria dejaron atrás intereses particulares y aprobaron la siguiente ley:
Artículo 1. Definición
Las elecciones presidenciales sirven para elegir al
presidente; las congresales sirven para elegir a los congresistas y las
elecciones del Parlamento Andino no sirven.
Artículo 2. Adelanto
Las elecciones se realizarán en octubre de 2023, pero
también en febrero y en abril de 2024. Las planchas presidenciales ganadoras de
cada una de estas elecciones se enfrentarán entre sí, en el formato de todos
contra todos, que incluye tiempo extra y penales. Los dos equipos que obtengan
más puntos pasarán a la segunda vuelta. El que quede último pasará al olvido.
Artículo 3. Segunda vuelta
La segunda vuelta se realizará siempre y cuando haya habido
primera vuelta. Los dos candidatos que lleguen a esta instancia participarán en
un debate donde podrán decirle al país, por última vez, todas las promesas que
no van a cumplir. Tras dicha actividad el elector, como en cada elección, queda
expedito de hacer lo mejor para el país o, si insiste, también puede ir a
votar.
Artículo 4. Referéndum
Se realizará un referéndum respecto a la continuidad o no de
los actuales congresistas. Si gana el “sí, sí se quedan, y si gana el “no”, no
se van. El pueblo decide.
Artículo 5. Fin de gestión
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